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sábado, 22 de noviembre de 2008

La ética de la información

Floridi propone una revisión de la ética que suponga la inclusión, no ya únicamente del ser humano y los conflitos que surgen en sus relaciones, sino la consideración de todo aquello que existe como susceptible de ostentar un derecho ontológico que ha de ser respetado.

Basándose en el fenómeno de concienciación acerca de los derechos y cuidados de que son susceptible las entidades no humanas (entornos naturales, animales, plantas, etc.), propone que la información sea tenida en cuenta como entidad con derecho a existir por sí misma. En este sentido matiza distintas acepciones de información considerándola como recurso, producto y objetivo.

Denomina infosfera al entorno en que se encuentran los objetos informacionales. La dimensión ética de que propone se dote a dichos objetos se basa en la idea de que la desinformación 'es un problema ético que concierne a las tres dimensiones informacionales'. Además de proponer que los sistemas informacionales desempeñan los papeles de agente y paciente en determinadas acciones.La Ética de la Información se constituye pues como una extensión de la Ética Biocéntrica, en tanto en cuanto, el agente o paciente no es sólo el ser humano sino cualquier forma de vida o entidad. Floridi sustituye, a partir de la Ética Biocéntrica, el concepto de 'vida' por el de 'existencia' de modo tal que el ontocentrismo sustituye y supera al biocentrismo. Argumenta a este respecto que todo 'ser/información posee un valor intrínseco' y que la Ética de la Información valora a todo agente como elemento de contribución a la infosfera. Desde este punto de visata, considera que hasta los objetos ideales (cuadros, libros, etc.) poseen un grado mínimo de valor moral. Vemos, pues, cómo la Ética de la Información amplia el concepto de lo que debe ser tenido en cuenta como objeto moral. Esta comcepción supera la Bioética y la Ética Medioambiental en tanto que incluye seres no animados.

La entropía es el concepto que utiliza para referirse a la 'destrucción o corrupción de los objetos informacionales', es decir, la eliminación o modificación de un objeto informacional supone su empobrecimiento en cuanto 'ser', resultando en una acción éticamente reprobable.

A fin de sistematizar su propuesta, Floridi emplea unidades de información qu denomina Niveles de Abstracción (NdA), que, a su vez, se agrupan formando gradientes de abstracción. Estos NdA no necesariamente se encuentran jerárquicamente ordenados ni relacionados.

Define un agente moral como 'un sistema en transición, interactivo, autónomo y adaptativo que puede ejecutar acciones susceptibles de calificación moral.', esto puede explicarse como una información que puede actuar sobre otra, cuando es capaz de cambiar de estado e ausencia de interacción y cuando al interactuar, cambia de estado. Floridi es consciente de las dificultades inherentes a la propuesta de agentes morales que atribuye a los objetos informacionales; éstos no pueden ser imputados ni responsabilizados, sin embargo argumenta que 'el discurso normativo es algo mucho más amplio que la asignación de responsabilidades y, por lo tanto, requiere una identificación de los agentes morales que sea independiente de este concepto.' A proósito de esta idea matiza la diferencia entre responsabilidad moral (que requiere de una intencionalidad) e imputabilidad moral (que no la requiere), de modo tal, que puede darse 'agencia moral en ausencia de responsabilidad moral.' Esta discusión tiene por objeto adaptar la ética a los objetos informacionales por lo que necesita hacer distinciones precisas sobre términos que tradicionalmente venimos usando de manera más general.

El desarrollo de su propuesta parte de reflexiones anteriores como la de Naess (1973) en que dice que 'todas las cosas que están en la biosfera tienen igual derecho a vivir y prosperar', derecho que Floridi hace extensivo a los objetos intelectuales, ideales e intangibles. La Ética de la Información mantiene que 'todos los aspectos e instancias del ser se merecen, en principio, alguna forma de respeto, por muy mínima y relativa que sea.' A partir de estos supuestos nuestra responsabilidad como agentes en la infosfera queda resumida en cuatro principios: no causar entropía, evitar la entropía, eliminarla y promover la prosperidad de loas entidades informacionales.

Pese a que Floridi mismo admite que la Ética de la Información no es inmediatamente aplicable a situaciones concretas, promueva su desarrollo por considerarla fundamentalmente proactiva en la inclusión de todas las entidades, tangibles e intangibles, existentes. Propone su desarrollo a fin de poder integrar esta visión ética con otras de modo tal que pueda constituirse un sistema ético consistente que nos ayude a valorar la cada vez más compleja realidad en que nos desenvolvemos. El palanteamiento de este artículo es radicalmente novedoso e introduce elementos de análisis y reflexión que creo serán objeto de debate en lo sucesivo; aunque no suponga una visión definitiva ni esté plenamente articulada, esta teoría supone un intento de sistematización profundamente admirable por el detalle, la sutileza y la precisión con que se abre un debate que posiblemente resultara en un cambio de nuestra concepción de la agencia moral.

lunes, 20 de octubre de 2008

Eduardo de Bustos

Bustos expone la teoría de la ética no clásica de Fioridi y Sanders (2001), quienes, basándose en otros modelos de ética no clásica como son la ética médica, la bioética y la ética medioambiental, proponen un análisis ‘singular’ aplicable a la infoética. Se distinguen así de los tradicionalistas, que proponen la aplicación directa de los principios éticos tradicionales a los problemas o nuevas realidades surgidas del uso de las tecnologías de la información y la comunicación. Pese a estos dos enfoques, ambas tendencias parecen converger en que el objeto de aplicación de una forma de ética u otra, no es el computador mismo, sino la información que con él se genera o difunde. Esta información es un objeto de la realidad ‘no reductible’.
Tavani (2002) analiza ambas posturas; para los tradicionalistas el reto que se plantea es el de la aplicación de la ética tradicional (kantiana) a cuestiones o eventos surgidos en relación con el uso de las TIC. Para ellos, el uso de las TIC es puramente incidental y no plantean ninguna modificación a la naturaleza misma de la ética.

En cambio, los singularistas mantienen que la implantación y uso de las TIC suponen la introducción de nuevas cuestiones éticas. Estas cuestiones no pueden abordarse mediante las teorías tradicionales, por lo que abogan por una nueva teoría ética que de cuenta de estas novedades, o bien por el replanteamiento de de la ética tradicional a fin de dar cabida a los nuevos retos morales que suponen las TIC. Si bien estas dos propuestas son distintas, no son necesariamente excluyentes, es decir

‘La revisión de nuestras teorías éticas puede estar motivada por la aparición de nuevas realidades, ya sean objetos o relaciones, que fuercen los límites conceptuales de esas teorías éticas. ‘

Esta nueva ética es no antropocéntrica dado que no excluye de su ámbito de caracterización entidades no humanas. Este enfoque parece extrapolado de la ética medioambiental, en que todo ser vivo, e incluso aquellas entidades inanimadas, son provistas de reconocimiento ontológico y, por tanto, susceptibles de constituir agentes, pacientes u objetos morales. Esta conceptualización complejiza de manera significativa la relación entre agentes, pacientes y objetos que regula la ética. Así pues, un objeto informacional podrá ser paciente moral de una acción, no siendo tan probable que ejerza como agente moral. Además, el agente moral humano puede diluirse como lo que Bustos denomina sujeto distribuido, en que la responsabilidad moral está repartida. Por otra parte, este sujeto distribuido puede ser imputado de un mal al que hubiera contribuido sin ser plenamente consciente del estado de cosas previo a su intervención. Todas estas consideraciones tienen por objeto revelar la complejidad que implica el proceso de una revisión ética como la propuesta por Fioridi.

Parece consistente, no obstante, que la consideración de objetos informacionales se base en el reconocimiento óntico de su valor existencial intrínseco, reconociéndoseles un ‘derecho a ser y, en todo caso, a no ver disminuida su naturaleza informacional’.